PLURALIDAD DE DEMANDAS DE AMPARO.
Si contra la misma autoridad y por los mismos actos, se entablan diversas demandas de amparo, ante distintos Jueces de Distrito, no existe competencia, aunque parte de los quejosos aparezcan en las dos demandas, si algunos de ellos sólo comparecieron en una.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283455-0c481215/pluralidad-de-demandas-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 224/26. Suscitada entre los Jueces Primero y Segundo Supernumerario de Distrito, del Distrito Federal. 14 de junio de 1926. Mayoría de ocho votos. Disidente: Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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