PLURALIDAD DE DEMANDAS DE AMPARO.
Si todas ellas se formulan en nombre del mismo quejoso, y en contra del mismo acto, y de la propia autoridad responsable, debe conocer de ellas un sólo Juez de Distrito, aunque las promuevan distintos individuos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811727-8aa754de/pluralidad-de-demandas-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia. Suscitada entre los Jueces, Segundo Propietario de Distrito y Primero Supernumerario de Distrito, del Distrito Federal. 18 de junio de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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