EXTRALIMITACION DE FUNCIONES.
La que castigan las legislaciones locales, es la que pueden cometer los funcionarios o agentes del Estado respectivo, pero no la que cometan los funcionarios federales, pues la extralimitación de funciones constituye propiamente una responsabilidad oficial, que debe ser castigada por la autoridad judicial del fuero respectivo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283595-bff0ffb6/extralimitacion-de-funciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia 338/28. Suscitada entre los Jueces de Distrito de Chihuahua y Segundo Menor de Ciudad Juárez. 20 de julio de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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