RENUNCIAS LEGALES.
Sólo pueden tener el alcance que les da la cláusula que las contiene.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/283962-330678ed/renuncias-legales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2897/23. Toledano viuda de Barragán Carolina. 24 de octubre de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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