MALTRATAMIENTO.
Si bien la ordenanza militar prohibió el maltratamiento de los superiores a los inferiores, también la misma prevé que no se consideran delictuosos los actos del superior, ejecutados en caso de necesidad, para obtener obediencia a sus órdenes, repeler una agresión o mantener la disciplina.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284340-427b73e5/maltratamiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. Martínez Francisco. 9 de agosto de 1924. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Teófilo H. Orantes y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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