VIA EJECUTIVA MERCANTIL.
Si no se apeló del auto de ejecución, ni se alegó, en su oportunidad, la improcedencia de esa vía, debe estimarse que se consintió por el demandado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284355-f73945b4/via-ejecutiva-mercantil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica. "A. Rihan e Hijos". 13 de agosto de 1924. Mayoría de siete votos. Disidentes: Salvador Urbina, Ricardo B. Castro, Francisco M. Ramírez y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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