AMPARO CONTRA UNA LEY.
Cuando una ley sólo afecta a particulares determinados, no puede considerarse que tiene el carácter de ley, reglamento, circular o disposición de observancia general, por lo que debe notificarse personalmente a los interesados, y si no se ha hecho eso, no puede correr el término para la promoción del amparo, contra la aplicación de esa ley.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de improcedencia. Santa Cruz Guillermo E. 5 de diciembre de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- AMPARO CONTRA UNA LEY. (s/clave)
- LEYES, AMPARO CONTRA LAS. (s/clave)
- AMPARO CONTRA UNA LEY. (s/clave)
- AMPARO CONTRA UNA LEY. (s/clave)
- AMPARO CONTRA UNA LEY. (s/clave)
- LEYES, EN EL AMPARO CONTRA LAS, DEBE SEÑALARSE A LA AUTORIDAD DE QUIEN EMANAN. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis