PROTECCION FEDERAL.
Es improcedente concederla respecto de actos cuya existencia no se comprueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284696-75ee684d/proteccion-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XIV, página 1969. Indice Alfabético. Amparo 2081/22. Camilli Mucio. 19 de junio de 1924. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIV, página 1969. Indice Alfabético. Amparo 909/23. Flores Bernardina. 27 de marzo de 1924. Unanimidad de nueve votos. Ausente: Leopoldo Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIV, página 47. Amparo civil directo 440/23. Lazeter viuda de De la Vega Rosario. 3 de enero de 1924. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Victoriano Pimentel y Ricardo V. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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