PROTECCION FEDERAL.
Es improcedente concederla contra autoridades cuya ingerencia en el acto reclamado no se comprueba, por más que hayan emitido su opinión respecto de la legalidad del mismo acto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/337292-6f1c14b7/proteccion-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3546/26. Compañía del Ferrocarril Sud Pacífico de México, S. A. 9 de septiembre de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca.
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