FIANZAS Y CONTRAFIANZAS.
Las que se otorguen en el juicio de amparo, no deben ser por cantidad fija, sino por cantidad ilimitada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284737-07db65f2/fianzas-y-contrafianzas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XIV, página 1903. Indice Alfabético. Queja 211/23. Ramos viuda de Aguirre Josefa y coagraviados. 4 de junio de 1924. Mayoría de ocho votos. Ausente: Leopoldo Estrada. Disidentes: Salvador Urbina y Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XIV, página 167. Queja en amparo civil 281/22. Herrerías Saturio. 9 de enero de 1924. Unanimidad de diez votos. Ausente: Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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