FIANZA Y CONTRAFIANZA.
Las que se otorgan en el amparo, deben ser por cantidad ilimitada, para responder ampliamente de los daños y perjuicios que se originen, o bien con la suspensión del acto reclamado, o bien con la ejecución de éste, como lo han establecido diversas ejecutorias de la Corte.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810978-bba39341/fianza-y-contrafianza · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil. Barajas viuda de Diez Gutiérrez Mercedes. 3 de diciembre de 1929. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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