MEDIDAS DE APREMIO.
Contra las que dicten las autoridades judiciales, para hacerse respetar y obedecer, es improcedente la suspensión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284800-1e35af31/medidas-de-apremio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. Marroquín Jesús. 18 de enero de 1924. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 307, segunda tesis relacionada con la jurisprudencia 188, de rubro "MEDIDAS DE APREMIO.".
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