APREMIO, MEDIDAS DE.
La suspensión es improcedente contra los medios de apremio que se emplean por parte de la autoridad judicial, para hacer cumplir pronta y debidamente las resoluciones en las que se establece la verdad legal; pues de otro modo, se alargarían los litigios indefinidamente, con grave perjuicio para los intereses sociales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/351355-b52cf108/apremio-medidas-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 9584/42. Torres Angel y coag. 30 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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