EXPRESION DE AGRAVIOS.
No es motivo para no presentarla el que en la fecha en que se interpuso la revisión, aún no estuviera vigente la Ley de Amparo, pues la necesidad de expresar agravios, dado el sistema de la revisión a instancia de parte, se deriva de la naturaleza misma del recurso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285375-de9c622e/expresion-de-agravios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Trueba Domingo S. 2 de agosto de 1923. Unanimidad de diez votos. Ausente: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- EXPRESION DE AGRAVIOS. (s/clave)
- AGRAVIOS EN LA REVISION. (s/clave)
- AGRAVIOS. (s/clave)
- EXPRESION DE AGRAVIOS. (s/clave)
- EXPRESION DE AGRAVIOS. (s/clave)
- AGRAVIOS, EXPRESION DE. (VI. 2o. J/104)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis