COMPETENCIA.
Para que pueda haber competencia, es necesario que existan, dos o más amparos, de los que estén concediendo, en la misma instancia, diversos Jueces de Distrito; pero si uno de los juicios ha sido ya fallado, procede declarar que no hay materia para la competencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285538-a994530b/competencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia en amparo. Suscitada entre los Jueces Primero y Segundo Supernumerario de Distrito, del Distrito Federal. Blanca Virginia. 3 de septiembre de 1923. Resolutor: Francisco Modesto Ramírez.
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