OFICINAS RENTISTICAS DEL GOBIERNO DEL DISTRITO.
Si bien es cierto que fueron declaradas independientes de la Secretaría de Hacienda, las disposiciones relativas, en nada modificaron la ley de 18 de diciembre de 1902, que forma la Hacienda Pública de la Nación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285614-2ecce44e/oficinas-rentisticas-del-gobierno-del-distrito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia en materia civil. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de Xochimilco y Primero Numerario de Distrito, del Distrito Federal. Aguilar Juan Cruz. 1o. de octubre de 1923. Mayoría de ocho votos. Disidentes: V. Pimentel y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
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- CONSTITUCION DE 1857. (s/clave)
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- AMPAROS ANTERIORES AL 1o. DE JULIO DE 1924. (s/clave)
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