AMPAROS ANTERIORES AL 1o. DE JULIO DE 1924.
Si su conclusión no fue promovida de acuerdo con los términos del decreto de 9 de diciembre de 1924, debe declararse firme la sentencia del Juez de Distrito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/279677-8c012226/amparos-anteriores-al-1o-de-julio-de-1924 · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Doria Felipe. 12 de marzo de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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