PARTES EN EL AMPARO PENAL.
Sólo puede considerarse así a los acusadores o denunciantes, por lo que toca a los actos que afecten sus intereses civiles, y si se hubieren constituido parte civil en el proceso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/285631-0dcce377/partes-en-el-amparo-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo penal. Balmori Fernando. 3 de octubre de 1923. Mayoría de seis votos. Los Ministros V. Pimentel y Leopoldo Estrada no votaron en este asunto. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Ernesto Garza Pérez y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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