QUEJA.
Si no se promueve dentro del plazo de tres días que fija el artículo 23 de la Ley de Amparo, debe ser desechada por extemporánea.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286330-2471677f/queja · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil. T. viuda de Besné Irigoyen Dolores. 5 de julio de 1922. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Enrique Moreno, Agustín Urdapilleta y Antonio Alcocer no intervinieron en la votación de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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