MULTA.
La impuesta por los Jueces de Distrito a quien promueve un amparo sin motivo, puede ser revocada potestativamente por la Corte.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286342-b2733ad9/multa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Catzín Gregorio. 6 de julio de 1922. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Antonio Alcocer y Enrique Moreno no intervinieron en este negocio por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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