MULTA.
La impuesta por los Jueces de Distrito a quien promueva un amparo sin motivo, puede ser revocada potestativamente por la Corte.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288548-957ba7fc/multa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Cobián Feliciano. 9 de noviembre de 1920. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Alberto M. González y Benito Flores no intervinieron en este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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