INSTRUMENTOS PUBLICOS.
Para destruir su fuerza probatoria, se necesita elementos de prueba más poderosos que los que pueda tener el instrumento público que se trata de destruir y que, naturalmente, tienen que ser distintos de aquellos mismos que constituyen dicho instrumento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286601-76ef05bf/instrumentos-publicos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. Sánchez María Cruz y coagraviado. 26 de septiembre de 1922. Mayoría de ocho votos. Ausentes: Enrique Moreno y Adolfo Arias. Disidente: Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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