EJERCICIO DE LA MEDICINA.
Contra la prohibición que establezcan los Estados para ejercer la medicina, si no se tiene título legal, no debe concederse la suspensión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286663-749c47dc/ejercicio-de-la-medicina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. Torres Bulmaro. 10 de noviembre de 1922. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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