AMPARO CONTRA UNA LEY.
El amparo no procede contra una ley en general, a menos que contenga principios de ejecución, pues de lo contrario sus disposiciones tienen el carácter de actos futuros contra los cuales es improcedente el amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286696-c2ea4479/amparo-contra-una-ley · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Ortiz Borbolla Francisco, sucesión de. 26 de diciembre de 1922. Unanimidad de ocho votos, por lo que hace a los dos primeros capítulos resolutivos. Los Ministros Benito Flores y Enrique Moreno no votaron en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Mayoría de seis votos, en cuanto a que se negara el amparo respecto a todas las violaciones reclamadas. Disidentes: Alberto M. González y Patricio Sabido. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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