REVISION.
Los autos dictados en el juicio de garantías, admiten el recurso de revisión, únicamente en los casos en que la ley expresamente lo concede.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286779-6e718320/revision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Montes de Oca Vicente y coagraviadas. 11 de enero de 1922. Resolutor: Ernesto Garza Pérez.
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