DEFENSA LEGITIMA.
En la defensa legítima, no se tiene la voluntad de infringir la ley, de colocarse en la condición de aceptar una contienda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286796-79906430/defensa-legitima · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. Montiel Reveriano. 17 de enero de 1922. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Agustín Urdapilleta y Enrique Moreno no estuvieron presentes por las razones expuestas en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA, EXCLUYENTE DE. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis