LEGITIMA DEFENSA, EXCLUYENTE DE.
No deben considerarse como la aceptación de una contienda material, los medios de que se vale una persona atacada para evitar un mal incierto en cuento a sus resultados, pero cierto en cuanto a que va dirigido a las persona del agredido y cuyas proporciones no pueden medirse de antemano.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/300589-f214d542/legitima-defensa-excluyente-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 8417/47. Morales Cruz Horacio. 8 de julio de 1949. Mayoría de tres votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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