MEDICOS.
La multa que se les imponga por la omisión del aviso al departamento de salubridad, de atender a enfermos contagiosos, cuando no se compruebe que existían tales circunstancias, importa una violación de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/286951-ff22fecc/medicos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Chárraga Salvador. 9 de marzo de 1922. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Patricio Sabido y Agustín Urdapilleta, no votaron en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
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