CONDENACION EN COSTAS.
Conforme al Código de Comercio, la condenación en costas procede cuando, a juicio del Juez, se haya procedido con temeridad o mala fe.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/287927-4c8ec0b5/condenacion-en-costas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. The United Sugar Companies, S. A. 2 de julio de 1920. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Agustín Urdapilleta y Antonio Alcocer no intervinieron en el asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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