Corpus
Modo: Corpus Pro

LEGISLATURA LOCALES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 287948 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 131

Al establecer la Constitución que deberán estar integradas, cuando menos, por 15 diputados, no se refiere al quórum que las mismas necesitan para funcionar legalmente, sino al número de representantes que a ellas deben pertenecer; de suerte que si se ha convocado para la elección de 15 diputados y sólo han sido electos los necesarios para formar el quórum fijado por la ley, no puede tacharse de inconstitucional el funcionamiento de la legislatura.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/287948-40f4fea3/legislatura-locales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión. Pastor Moncada viuda de Blanco Teodora. 5 de julio de 1920. Unanimidad de nueve votos, en cuanto a la parte resolutiva, y por mayoría de seis votos, por lo que toca a los fundamentos. Ausentes: Antonio Alcocer y Alberto M. González. Disidentes: Agustín Urdapilleta, Enrique Moreno, y Patricio Sabido. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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