QUEJA.
Es igualmente improcedente, cuando los hechos que la motivan, ningunos perjuicios originan a quien la presenta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/287975-ef1a1fe5/queja · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en materia administrativa. Presidente Municipal de México. 8 de julio de 1920. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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