LANZAMIENTO.
Es improcedente aceptar la contrafianza para ejecutar el acto suspendido, cuando se trata de la diligencia perjudicial de lanzamiento, porque los perjuicios de índole moral que se siguen al quejoso, con la ejecución del acto, no son reparables; y además, podría quedar el amparo sin materia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288116-e6e01dfd/lanzamiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en materia civil. Gutiérrez Jesús. 26 de julio de 1920. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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