CONFESION DEL ACUSADO.
Conforme a la legislación penal de Guanajuato, la confesión del acusado, retractada acto continuo de su emisión, carece de todo valor, pero la que se retractare después, será enteramente válida, a no ser que se justifique haber sufrido error, fuerza o miedo grave al rendirla.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288133-6046fdd7/confesion-del-acusado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. Díaz Pedro. 30 de julio de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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