FACULTADES LEGISLATIVAS DE LOS GOBERNADORES.
Los gobernadores están autorizados constitucionalmente, para expedir los reglamentos de las leyes cuya aplicación tienen a su cargo, inclusive cuando se trata de leyes federales, cuyo cumplimiento está encomendado a los gobernadores de los Estados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288320-744f3b74/facultades-legislativas-de-los-gobernadores · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Maza Jesús. 2 de septiembre de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausente: Benito Flores, Enrique Moreno y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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