TERMINO DE PRUEBA.
El término de prueba nunca concluye para el Juez, quien, aun después de la citación para sentencia, puede recibir todas las pruebas que crea necesarias para la aclaración de los hechos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288977-62cae623/termino-de-prueba · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica. "El Nuevo Mundo" México, S.A. 16 de junio de 1920. Mayoría de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González y Antonio Alcocer. Disidente: Benito Flores. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- PRUEBAS, RENDICION DE. (s/clave)
- DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER. (s/clave)
- PRUEBA TESTIMONIAL. (s/clave)
- PRUEBAS. (s/clave)
- CONFESION DEL ACUSADO. (s/clave)
- PRUEBAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis