SUSPENSION, AUTO DE.
Es improcedente dictar un nuevo auto de suspensión, cuando no ha perdido su vigor el primeramente dictado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289037-f94acc12/suspension-auto-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspension. Enrile Gonzalo C. 1o. de julio de 1919. Unanimidad de diez votos. Ausente: Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION, AUTO DE. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- SUSPENSION, EJECUCION DE LA. (s/clave)
- AUTO DE SUSPENSION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis