ACTO RECLAMADO.
Debe apreciarse en la sentencia del amparo, tal y como aparezca probado ante la autoridad responsable, sin que puedan tenerse en consideración pruebas que debieron rendirse ante la autoridad contra la cual se reclama.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289122-9191e99a/acto-reclamado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Llaguno de Ortiz María. 2 de agosto de 1919. Unanimidad de diez votos. Ausente: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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