LANZAMIENTO.
Si el demandado no acredita estar al corriente en el pago de las pensiones que se le reclaman, ni hace éste dentro del término que la ley previene, una vez que ha sido requerido, el lanzamiento puede llevarse adelante, conforme a las prescripciones legales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289552-4c6bf890/lanzamiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. H. de Ramírez Concepción. 22 de enero de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Santiago Martínez Alomía y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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