SENTENCIAS EXTRANJERAS, EJECUCION DE LAS.
Los tribunales sólo deben resolver sobre las circunstancias que las leyes exigen para cumplir una sentencia extranjera, sin tocar para nada la cuestión de fondo, que debe tenerse como definitivamente fallada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289591-12de59f2/sentencias-extranjeras-ejecucion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Díaz Manuel. 28 de enero de 1919. Mayoría de seis votos. Disidentes: Alberto M. González, José M. Truchuelo, Enrique Colunga, Santiago Martínez Alomía y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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