DIVISION POLITICA.
No cabe el recurso de amparo contra las disposiciones relativas a ella.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290126-14ed31de/division-politica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Ayuntamiento de Xadani, Oaxaca. 10 de julio de 1918. Mayoría de seis votos. Disidentes: Alberto M. González, José M. Truchuelo, Enrique Colunga, Enrique García Parra y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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