Corpus
Modo: Corpus Pro

DEUDAS DE CARACTER PURAMENTE CIVIL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 290249 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 364

La Constitución actual, de un modo determinante, previene que nadie puede ser aprisionado por deudas que tengan ese carácter.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290249-8e533e95/deudas-de-caracter-puramente-civil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja en amparo penal. Hodgins Thomas J. 27 de julio de 1918. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Enrique M. de los Ríos y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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