RENUNCIA DE UN EMPLEO PUBLICO.
Mientras ésta no es aceptada, el empleado no cesa en sus funciones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290288-213115d9/renuncia-de-un-empleo-publico · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Morones José Asunción. 12 de agosto de 1918. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Agustín de Valle y Santiago Martínez Alomía. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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