FUERO DE GUERRA.
Subsiste sólo para los delitos y faltas del orden militar.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290341-a59e88cb/fuero-de-guerra · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Ojeda Pedro. 19 de agosto de 1918. Mayoría de siete votos. Disidentes: Alberto M. González, José M. Truchuelo, Enrique Colunga y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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