JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
Tienen por objeto decidir las diferencias o conflictos entre el capital y el trabajo, y estarán formadas por igual número de representantes de los obreros y de los patronos, y uno del gobierno.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290458-52033b37/juntas-de-conciliacion-y-arbitraje · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Compañía Industrial de Orizaba, S. A. 6 de septiembre de 1918. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Alberto M. González, José M. Truchuelo y Enrique Colunga. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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