SENTENCIAS NO DEFINITIVAS.
La Corte sólo puede conocer de los amparos que contra ellas se promuevan, si las partes no se conforman con las resoluciones que, en el juicio respectivo, dicten los Jueces de Distrito, e interponen contra ellas el recurso de revisión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290542-cfb3d938/sentencias-no-definitivas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal interpuesto directamente ante la Suprema Corte. Illa Rodolfo. 17 de septiembre de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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