SENTENCIA DE CASACION.
La que se funda en violaciones del procedimiento, no es, para los efectos del amparo, una sentencia definitiva, aunque sean definitivos sus efectos, porque no resuelve el asunto en cuanto al fondo; sino que lo deja vivo para que se decida en la nueva sentencia que ha de dictarse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290549-db36cbdf/sentencia-de-casacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de incompetencia. Alcaide Manuel. 17 de septiembre 1918. Mayoría de siete votos. Ausente: Enrique García Parra. El Ministro Agustín Urdapilleta no votó. Disidentes: Alberto M. González y Agustín de Valle. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- SENTENCIAS DE SEGUNDA INSTANCIA. (1786)
- SENTENCIAS DE SEGUNDA INSTANCIA. (s/clave)
- CASACION. (s/clave)
- PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL. (s/clave)
- SUSPENSION. (s/clave)
- SENTENCIAS DEFINITIVAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis