AUTO DE FORMAL PRISION.
El que se decreta sin estar comprobada la existencia de un hecho ilícito, es violatorio de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291948-b3d0a984/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Grimaldo Buenaventura. 10 de junio de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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