DEMANDA DE AMPARO.
En asuntos judiciales del orden civil, debe presentarse dentro de los quince días siguientes al de la notificación respectiva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/292294-9b9524ce/demanda-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. Chávez Enrique y coagraviados. 26 de octubre de 1917. Mayoría de votos. Disidentes: Alberto M. González, Enrique García Parra y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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