LESIONES, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE.
Bien sabido es, que el delito de lesiones se caracteriza por toda alteración de la salud o de la integridad corporal del ofendido, y la circunstancia de que no se hubiera dado fe judicial no destruye el tipo delictivo, supuesto, que tal figura delictiva, no tiene señalada prueba especial para su comprobación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/292622-fdf5e842/lesiones-comprobacion-del-cuerpo-del-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4369/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 29 de abril de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
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