TESTIMONIO SINGULAR, VALOR PROBATORIO DEL.
La declaración de una sola persona que impute al acusado su participación en los hechos constitutivos de delito, es insuficiente para formar por sí misma convicción en la materia, pues sólo alcanza a generar una presunción; por tanto, si al revisarse las constancias de autos se encuentra que esa información no se adminicula con otros elementos, es violatoria de garantías la sentencia que condena al acusado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/292926-b3c6369a/testimonio-singular-valor-probatorio-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1454/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 17 de octubre de 1956. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.
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